Miriam Henríquez analiza en El Mercurio Legal proyecto de reforma que busca “depurar” la Constitución

julio 2025

Miriam Henríquez, investigadora del CiPP y decana de Derecho de la UAH, analizó en El Mercurio Legal un proyecto de reforma constitucional que busca eliminar disposiciones sin vigencia ni eficacia. Henríquez advierte: “el ejercicio de depuración debe basarse en un análisis jurídico acucioso y, caso a caso, que asegure coherencia sin sacrificar las garantías democráticas”.

A inicios de mayo de 2025, las senadoras Luz Eliana Ebensperger y Paulina Núñez, junto a los senadores Iván Flores, Manuel José Ossandón y Jaime Quintana, presentaron un proyecto de reforma constitucional (Boletín N. º 17.516 -07) cuyo principal objetivo y contenido consiste en suprimir del texto de la Constitución Política disposiciones que han perdido “vigencia, eficacia u oportunidad”, particularmente aquellas introducidas en el contexto de los recientes procesos constituyentes y ciertas normas transitorias. Esta modificación, según los senadores, busca restablecer una Constitución coherente con el principio de democracia constitucional y el Estado de Derecho.

La académica Miriam Henríquez, investigadora del Centro Interdisciplinar de Políticas Públicas (CiPP) y decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado (UAH), publicó un artículo en El Mercurio Legal donde analiza este proyecto de reforma constitucional. 

En primer lugar, la investigadora del CiPP explica que la moción  busca “limpiar” o “depurar” la Constitución de dos tipos de normas: Aquellas previstas en el capítulo XV que ya cumplieron su cometido, fundamentalmente aquellas relativas a los procesos constituyentes de 2019–2022 y 2023; y aquellas normas transitorias que perdieron su vigencia u oportunidad, agregadas en situaciones de crisis, como la pandemia originada por el covid-19.

En su análisis, Miriam Henríquez cuestiona aspectos de la propuesta en ambos tipos de normas. Por ejemplo, respecto del primer tipo de normas, , la académica  cuestiona la eliminación de algunas disposiciones clave, como el artículo 154 que establece bases institucionales, y la décimo tercera norma transitoria, que fija quórums electorales. “La decisión de suprimir estas bases sin una discusión más profunda sobre su posible valor normativo o interpretativo puede cerrar de manera prematura un espacio de convergencia política y jurídica”, afirma la decana, destacando la necesidad de precisión en la reforma.

A modo de conclusión, , la investigadora del CiPP enfatiza que una «depuración indiscriminada puede afectar reglas electorales», señalando los riesgos de eliminar normas con funciones sustantivas para el sistema democrático.

Te invitamos a leer la columna completa en El Mercurio Legal.